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¿Tu consultorio está en regla con COFEPRIS? Lo que todo médico debe saber antes de publicar en redes.

  • Foto del escritor: Mtro. Jorge Ramón Díaz de León Gutiérrez
    Mtro. Jorge Ramón Díaz de León Gutiérrez
  • 17 jun
  • 2 min de lectura

Publicar en Instagram o TikTok sobre tus servicios médicos no es solo marketing: es publicidad de salud y está regulada. Te explicamos qué implica, qué puede pasar si no cumples, y por qué 2026 es el año para ponerte al corriente.


El derecho y la medicina no son mundos separados. Los une una línea muy fina que se llama responsabilidad. Y en México, esa línea pasa por COFEPRIS.




La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios no solo vigila medicamentos o instalaciones: también regula cómo los profesionales de salud se anuncian ante el público. Y en la era digital, eso incluye tus redes sociales.


¿Qué dice la ley?

El artículo 301 de la Ley General de Salud es claro: toda publicidad de servicios de salud está sujeta a la revisión y vigilancia de la Secretaría de Salud.

Eso significa que una publicación en Instagram que promocione un tratamiento estético, un video en TikTok sobre un procedimiento o un anuncio en tu página web no son "solo contenido": jurídicamente son publicidad médica.

Y la publicidad médica requiere Aviso de Publicidad ante COFEPRIS.


¿Qué es el Aviso de Publicidad?

No es un permiso: es una declaración preventiva. Le informas a la autoridad qué contenido vas a difundir, con qué propósito y bajo qué condiciones.

Su objetivo es evitar engaños, promesas falsas o mensajes que puedan poner en riesgo la salud del público. Es, en pocas palabras, una garantía de que tu comunicación es veraz y responsable.


¿Qué pasa si no lo tramitas?

Las consecuencias son reales y pueden ser graves:

·  Multas superiores al millón y medio de pesos

·  Suspensión de la publicidad

·  Clausura temporal o definitiva del consultorio o clínica

No son escenarios hipotéticos. Entre octubre y diciembre de 2024, COFEPRIS impuso 232 sanciones a personas físicas y morales: 173 multas, 47 amonestaciones y 23 clausuras. Clínicas estéticas, laboratorios y consultorios de tratamientos hormonales han sido sancionados por no cumplir con este requisito.


¿Por qué 2026 es el año para actuar?

El contexto fiscal actual no deja margen para el descuido. 2026 se perfila como un año especialmente recaudatorio para el gobierno federal. Eso implica mayor escrutinio regulatorio sobre los sectores profesionales, incluidos los médicos.

Situarte en una hipótesis de incumplimiento —por mínima que parezca— puede derivar en sanciones económicas considerables o, peor aún, en un daño reputacional difícil de revertir.


El cumplimiento no es un trámite: es una inversión

Los médicos que entienden el marco normativo que rodea su ejercicio profesional no solo evitan sanciones: construyen una práctica más sólida, más confiable y más sostenible.

La asesoría preventiva —legal, fiscal o sanitaria— se ha convertido en un escudo indispensable. Anticiparse es, en este contexto, la mejor medicina legal.


¿Quieres saber si tus publicaciones cumplen con la normativa COFEPRIS?

En IMEJ hacemos la revisión de tu material publicitario y te acompañamos en el trámite del Aviso de Publicidad. Escríbenos: somos tu área jurídica de cabecera.


Artículo elaborado por el Mtro. Jorge Ramón Díaz de León Gutiérrez

Socio fundador de IMEJ · Especialista en Derecho Sanitario

 
 
 

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